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sábado, 21 de febrero de 2009

¡Bochornoso!

Así podríamos calificar la última maniobra de la Dirección del Centro y de varios municipios de la Comarca.

Esto sin duda nos viene a dar toda la razón, en que el único que realmente tiene verdaderos intereses políticos en todo este asunto, es el Director del Centro el Señor Francisco José Pazos Soto. ¿De que ideología son los ayuntamientos que firman dicho apoyo? ¿Han consultado al Comité de Empresa dichos Ayuntamientos, para al menos contrastar, la información que supuestamente les da el Director del Centro?
La respuesta es no. Tan solo un Ayuntamiento tuvo el decoro, y la prudencia, de por lo menos intentar hablar con el Comité de Empresa antes de toda esta reunión.
Ayuntamiento este, al que el Comité de Empresa le manifestó su deseo expreso de no darle más “alas” al Director del Hospital, en su afán por asociar al Comité de Empresa en una trama Política, denegando así el Comité el reunirse con ningún Ayuntamiento, para no sacar realmente más de contexto todo este asunto, y llevarlo al terreno que sin duda parece estar claro que si interesa y mucho al Director del Hospital.

El pasado 4 de febrero, el Comité de Empresa, intento nuevamente organizar una reunión con la Dirección del Centro, la fecha solicitada fue la del 12 de febrero. Dicha reunión, y como ha sucedido en numerosas ocasiones, fue aplazada por motivos de agenda por la Dirección del Centro. Días después el Comité de Empresa comprendió cuales eran esos motivos de “agenda”. Para el Señor Francisco José Pazos era mucho más importante el conseguir su apoyo público que el intentar solucionar las diferencias con el Comité de Empresa.

El Señor Francisco José Pazos Soto ha puesto, sin duda alguna, toda la “maquinaria” del partido, y los afines a este, a funcionar para defenderse así políticamente, de todo un Comité de Empresa. Al que ya descaradamente se le esta tachando de partidista, con el beneplácito descarado de algunos Ayuntamientos.

El Comité de Empresa ha repetido hasta la saciedad la pluralidad de todos sus miembros, así como también el de las fuerzas sindicales en el representadas, para dejar muy claro, que aquí no se esta cuestionando quien gobierna o quien no. Si no la forma en la que el Señor Francisco José Pazos Soto dirige y gestiona el Centro Hospitalario.

Gestión esta que ha omitido descaradamente el proporcionar documentación de forma reiterada al Comité de Empresa, documentación esta, que realmente podría demostrar que las acusaciones del Comité no son tan descabelladas.
Las preguntas que hacemos a los Ayuntamientos firmantes de ese “apoyo” son las siguientes:

¿Apoyan ustedes también la omisión de documentos públicos al Comité de Empresa por parte de la Dirección?
¿Se deben ustedes tan solo a unas siglas, o a la población que los ayudo a llegar a sus puestos? Si no fuera así ¿no tendrían que haber hablado con ambas partes para al menos escuchar la versión de los que si son residentes de la Comarca? los trabajadores del Hospital. ¿O su apoyo es incondicional a un Señor que reside en Santiago y solamente conoce a los habitantes de la Bisbarra de verlos en actos inaugurales y mítines políticos?

Por que desde luego si que llama, y mucho, la atención del Comité de Empresa el ver a su Director en mítines políticos e inaguraciones de todo tipo, mientras rechaza reunirse en persona con los representantes de los trabajadores desde el pasado mes de mayo del 2008.

El Comité de Empresa pide coherencia a los Ayuntamientos, y les recuerda que a día de hoy seguimos careciendo de consultas y especialidades prometidas a bombo y platillo por el Director del Hospital como las de digestivo, cardiología u oncología. Así como también la vergonzosa situación de colapso en las plantas del Hospital, teniendo que tener a muchos pacientes en camas “cruzadas”, es decir tres por habitación, con las consabidas molestias para enfermos y acompañantes. Siendo estos afortunados de no tener que ser derivados a otros centros hospitalarios a más de 100 Km.

Por último les queremos recordar, cosa que se pretende olvidar parece ser, que el Comité de Empresa pide el cese inmediato del Gerente por las duras descalificaciones vertidas contra el Comité de Empresa y el servicio de Medicina Interna de este hospital. Asunto este último que no es la primera, ni seguro la última vez que sucede.
Así como la reiterada omisión de datos hacia el Comité, y la falta de seriedad de esta Dirección a la hora de contratar Celadores.

También recordarle al Señor Francisco José Pazos que no son los Ayuntamientos los que lo tienen que ratificar en el cargo, sino la Conselleria de Sanidade. Aunque esto último, y como persona de mundo que es, tenemos muy claro que si lo sabe.



Algunos datos de interés:


Jefatura del Estado (BOE número 89 de 13/4/2007)
LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

TÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto.
1. El presente Estatuto tiene por objeto establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos incluidos en su ámbito de aplicación.
2. Asimismo tiene por objeto determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.
3. Este Estatuto refleja, del mismo modo, los siguientes fundamentos de actuación

i) Evaluación y responsabilidad en la gestión.

Tal y como determina el apartado i) la evaluación de la gestión de un funcionario, incluido el Directivo, es competencia única y exclusivamente de la Administración publica, y por analogía, por aquella rama de la administración involucrada en la actividad a evaluar, para nuestro caso, la sanitaria, amén del respaldo que ésta pueda tener de otros órganos: consello de Contas, consello consultivo, asesorías Jurídicas, etc.

CAPÍTULO VI
Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta

Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes

Artículo 53. Principios éticos

3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.

Artículo 95. Faltas disciplinarias.

1. Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves.
2. Son faltas muy graves

k) La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales.